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Bases promoción “Nuevo Nutritive”

BASES LEGALES PROMOCIÓN “LEAD AD NUEVO NUTRITIVE”

En Santiago de Chile, a 24 de noviembre de 2023, L ́Oréal Chile S.A., RUT N° 79.693.930-3, con domicilio en Av. Apoquindo 3885, Piso 2, comuna de Las Condes, Santiago, en adelante el “Organizador”, ha organizado la siguiente promoción:

ARTÍCULO PRIMERO: Objeto.- Con motivo de reconocer la preferencia de sus clientes, la Marca KÉRASTASE realizará una promoción denominada “KÉRASTASE DÚO ICONICS, REGÍSTRATE Y GANA UNA RUTINA”, en adelante, la “promoción”, cuyos términos y condiciones se regulan en las presentes bases.

ARTÍCULO SEGUNDO: Contenido y Mecánica. - Participaran quienes:
1. se inscriban en el newsletter en nuestro sitio web durante el período de la promoción, y
2. completen el formulario de META (Facebook e Instagram) con todos los datos solicitados, tales como nombre, apellido, correo electrónico, necesidad principal del cabello, aceptación de la política privacidad de datos Kérastase y todos los que la plataforma META nos pueda proporcionar. Estos serán utilizados para comunicaciones relacionadas a la marca KÉRASTASE.
Una vez finalizada la campaña, entre todos quienes se inscriban, con todos los datos, y cumplan con los requisitos del concurso y/o promoción se realizará un sorteo para entregar el premio.

ARTÍCULO TERCERO: Duración y extensión territorial.- La vigencia de la promoción será desde el 01 de diciembre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024, ambas fechas inclusive o, en caso de aplicar, hasta agotar el stock de productos disponibles que se haya informado, lo que ocurra primero; y solo será válida dentro del territorio de la República de Chile.

ARTÍCULO CUARTO: Premio.- El premio consiste en un Dúo Iconics:

  • -  Sérum Nocturno 8H Magin Night Repair 90ml

  • -  Aceite L’Huile Originale 100ml

    ARTÍCULO QUINTO: Sorteo.- Entre todos los participantes que cumplan con lo establecido en el artículo segundo se efectuará un sorteo el día 05 de febrero de 2024, en las dependencias del Organizador a través de un sistema informático que funciona totalmente al azar; para seleccionar a 1 posible/es ganador/es quién/es obtendrá/n el premio; y para seleccionar a 1 ganador/es suplente/s para el sorteo efectuado.

    ARTÍCULO SEXTO: Entrega del Premio.-

  1. 6.1  El Premio será entregado, previa confirmación fidedigna de los datos del respectivo posible ganador. El ganador que no pudiere acreditar su identidad al Organizador dentro de los 5 días siguientes de la solicitud, se entenderá que no fue habido;

  2. 6.2  Dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la realización del sorteo respectivo, los posibles ganadores serán contactados por el Organizador a través del envío de un correo electrónico y/o llamado telefónico y/o mensaje interno por plataforma de red social;

  3. 6.3  El premio será enviado al domicilio del ganador, previo acuerdo entre el ganador y el Organizador;

 

  1. 6.4  Si el ganador tiene su domicilio en Regiones, el premio podrá ser enviado a la sucursal de Chilexpress más cercana a su domicilio para su retiro, previo acuerdo entre el ganador y el Organizador. Una vez que el premio se encuentre en la Sucursal, el ganador tendrá 05 días hábiles para retirarlo y, en caso de no retirarlo, perderá todo derecho respectivo al premio;

  2. 6.5  El ganador podrá encargar la recepción del premio, a través de un poder o mandato otorgado por escrito y autorizado ante Notario. El mandatario deberá exhibir el documento, su documento de identidad y una fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del ganador del Premio;

  3. 6.6  Perfeccionada la entrega material del Premio por parte del Organizador la responsabilidad sobre el mismo es de exclusiva cuenta y riesgo del respectivo ganador. Todo gasto en que incurra el ganador del Premio con ocasión y/o con posterioridad a su entrega es de su cargo;

  4. 6.7  Los posibles ganadores que no fueren contactados dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de publicación de resultados del sorteo correspondiente perderán todo derecho al respectivo Premio y se procederá a contactar al ganador suplente (en caso de existir) bajo las misma condiciones y plazos que corresponden al posible ganador;

  5. 6.8  No habiendo sido contactado ningún posible ganador, se declarará desierta la promoción, dando cuenta de tal hecho por idéntico medio usado para publicitar las presentes bases;

  6. 6.9  Como requisito esencial de la entrega y recibo del Premio, el Agente que materialmente realice la entrega del Premio, suscribirá un acta de “Declaración y Recibo de Premio” el cual deberá ser firmada por el ganador o por quién éste haya designado como mandatario. Una copia será entregada al ganador y la otra guardada en las dependencias del Organizador.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones.-

  1. 7.1  Solo podrán participar en la promoción personas capaces de conformidad a la legislación chilena. Si algún menor de edad resultase ganador del premio, éste deberá asistir con su representante legal para hacer efectivo el cobro del mismo;

  2. 7.2  El ganador no podrá exigir su Premio en dinero;

  3. 7.3  El Organizador no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto, daño físico, desgaste o desperfecto

    ocurrido al premio con posterioridad a su respectiva entrega;

  4. 7.4  Será responsabilidad de los ganadores utilizar, aplicar y/o destinar los Premios que reciban al uso goce y

    destino que naturalmente le correspondan, especialmente si su entidad y/o envoltura detalla condiciones

    especiales de uso, aplicación o destino; y

  5. 7.5  El Organizador no se responsabiliza por daños a terceros derivados de la manipulación y/o uso que se realice

    de los Premios.

ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones.- Quedan excluidos de participar de la promoción:

  1. 8.1  Los trabajadores del Organizador y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores de la promoción, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador, con el objeto de desarrollar y/o ejecutar la promoción;

  2. 8.2  El Notario Público donde se protocoliza este documento y todo el personal de su Notaría;

  3. 8.3  Cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución de

    la presente promoción.

ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones Finales.-

  1. 9.1  Conocimiento de las bases de la Promoción: Al momento de participar, el cliente conoce, asume y acepta las

    condiciones establecidas en estas bases;

  2. 9.2  Restricción ganadores: Con el fin de permitir la participación de todos, los ganadores podrán ser escogidos

    solo una vez en un año calendario en concursos de la Marca. De esta manera quien ya haya sido escogido

 

ganador en un concurso, no podrá ser escogido como ganador en otros concursos de la marca durante el año

en curso;

  1. 9.3  Cantidad de productos disponibles a la promoción (stock): En caso que con ocasión de la Promoción se

    indique un número determinado de productos en Promoción, se deja constancia que dicho número es la cantidad que el Organizador pondrá, por sí o por encargo de terceros, a disposición de los consumidores durante la vigencia de la Promoción. Si los consumidores adquieran y/o canjearan todos los productos en Promoción en una fecha anterior a la de término de la Promoción, ésta terminará al momento de agotarse el stock de productos en Promoción indicado;

  2. 9.4  Cesión de derechos: La aceptación de las presentes bases, implica el consentimiento por parte de los participantes para que el Organizador utilice las imágenes para la realización de actividad publicitaria, relacionada con el presente concurso. La utilización de los datos e imágenes de los participantes no implica remuneración ni beneficio alguno para ellos.

  3. 9.5  Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales de la promoción, el Organizador podrá modificarla comunicando oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases;

  4. 9.6  Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la promoción, incluyendo pero no limitando a falsificación o adulteración de datos, la intervención de software o elementos ajenos a la destreza humana que puedan alterar el normal funcionamiento de la promoción. Además, el Organizador tiene la libertad para descalificar en cualquier momento perfiles que a su juicio sean sospechosamente falsos o que estén siendo usados sistemáticamente para cazar premios.

  5. 9.7  Concursos en Facebook: Facebook se exonera de toda responsabilidad por parte de cada concursante o participante, y cabe señalar que la promoción no está patrocinada, avalada, administrada o asociada en modo alguno a Facebook.

PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente documento será protocolizado en la Notaría de Santiago de don Andrés Rieutord Alvarado y disponibles para su consulta en www.kerastase.cl

__________________________ p.p. L’Oréal Chile S.A.

 

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